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Los objetivos y competencias de la Subsecretaría
están establecidos por el Decreto Nº1.142 sancionado
con fecha 26 de noviembre de 2003:
Asistir al señor Secretario de Obras Públicas en la elaboración,
realización y financiación de políticas y programas habitacionales
y de desarrollo urbano del sector público nacional, provincial o
municipal destinados a la población de bajos recursos con alguna
capacidad de ahorro.
Asistir en la coordinación y la fiscalización
de la ejecución que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias,
municipios y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en lo concerniente
a los planes de vivienda y el planeamiento
urbano, acorde con el régimen de asentamiento humano que establezca
la política de ordenamiento territorial.
Coordinar la ejecución de las políticas habitacionales
que haya fijado la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS y supervisar
su ejecución.
Promover la obtención e inversión de recursos en el campo del desarrollo urbano y de la vivienda
a través de los fondos fiduciarios u otras alternativas de financiamiento
nacional e internacional.
Intervenir en la promoción del desarrollo de técnicas y sistemas de construcción de viviendas y obras para el
desarrollo de los asentamientos humanos.
Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios para la ejecución de obras o contrataciones de programas habitacionales y de asentamiento humano, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
Asistir en las funciones de Autoridades de Aplicación
de las leyes que regulan el ejercicio y la ejecución de los programas
y de las actividades de su competencia y en particular los que hacen
al cumplimiento de los objetivos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA.
Intervenir en la elaboración de proyectos y en
la realización y financiación de obras de urbanización, de infraestructura
de servicios, de equipamiento comunitario y obras complementarias
destinadas al desarrollo de programas de desarrollo urbano y vivienda
del sector público nacional, provincial o municipal.
Integrar el CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA y
coordinar las acciones derivadas de los objetivos enumerados.
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